Delincuencia sin Semejanza – I

Para hacer resaltar una vez más la delincuencia sin semejanza del Concilio Vaticano Segundo (1962–1965), dos semanas no serán demasiadas para responder a la objeción razonable de un lector al argumento de “Comentarios Eleison” de hace tres semanas (31 de octubre). Dicho argumento sostenía que los Ritos sacramentales de la Iglesia Conciliar, introducidos por el post-Concilio, son de tal naturaleza que a largo plazo invalidarán los sacramentos de la misma, debido a que fueron diseñados para que a través de su ambigüedad puedan erogar la Intención sacramental del Ministro (sea obispo, sacerdote o laico), sin la cual no puede haber sacramento.

El lector se objetó tomando como base la enseñanza clásica de la Iglesia que dice que las fallas personales del Ministro sacramental, aún su falta de Fe, pueden ser compensados por la Fe de la Iglesia en cuyo nombre él está suministrando el sacramento (cf. Summa Theologiae, 3a, LXIV, 9 ad 1). Siendo así – un ejemplo clásico – un Judío que no posee en lo más mínimo la Fe Católica puede, sin embargo, válidamente bautizar a un amigo en su lecho de muerte siempre y cuando el Judío sepa que la Iglesia Católica realiza algo cuando bautiza, y tenga la intención de realizar esa misma cosa que la Iglesia realiza. Esta Intención de hacer lo que la Iglesia hace lo demuestra al pronunciar las palabras y al hacer las acciones establecidas en el Rito de la Iglesia para el sacramento del bautismo.

Por lo tanto, argumentaba nuestro lector, la Iglesia Conciliar puede haber corrompido la fe del Ministro Católico, pero la Iglesia Eterna compensará cualquier falta de su fe, y los sacramentos que él administre seguirán siendo válidos. Para lo cual, la primera parte de la respuesta a la objeción es que si los Ritos sacramentales de la Iglesia Conciliar atacaran únicamente la fe del Ministro, la objeción sería válida, pero si también socavan su Intención sacramental, entonces no habrá sacramento alguno.

Otro ejemplo clásico debería de dejar este asunto muy en claro. Para que el agua fluya a través de una tubería de metal, sin importar si la tubería está hecha de oro o de plomo, ésta necesita estar conectada a la llave del agua, cualquiera que sea el caso. El agua es la gracia sacramental. La llave es la fuente principal de esa gracia, Dios per se. La tubería es el instrumento, llamado el Ministro sacramental, a través de cuyas acciones la gracia del sacramento fluye de Dios. El oro o el plomo representan la santidad o falta de santidad del Ministro. Por lo tanto, la validez del sacramento no depende de la fe personal o de la falta de fe del Ministro, pero si depende de que él se conecte a la fuente principal de la gracia sacramental que es Dios.

Esta conexión la realiza precisamente con la Intención de hacer lo que la Iglesia hace. Por medio de esa Intención se pone como instrumento en las manos de Dios para que Dios vierta la gracia sacramental a través de él. Sin esa Intención Sacramental él y su fe pueden ser de oro o de plomo, pero estara desconectado de la llave. Falta por demostrar la semana que entra cómo el Vaticano II fue diseñado para poder corromper no solo la fe del Ministro, sino también cualquier Intención sacramental que éste pudiera tener.

Kyrie eleison.